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Un Marat贸n Popular es un gran evento deportivo, es una fiesta popular del deporte que suele reunir a varios miles de personas. Uno de los grandes beneficios de organizar un marat贸n en una ciudad determinada, es que una parte de la poblaci贸n decide hacer ejercicio de manera habitual y cuidar su salud durante una temporada completa, pensando sencillamente en completar su marat贸n. Claro que existen adem谩s otro tipo de beneficios por el que las entidades p煤blicas apuestan por este tipo de eventos y es que contribuyen a la promoci贸n de la localidad, de la provincia o del pa铆s, a trav茅s del deporte. Las entidades privadas, de modo similar, ven en el marat贸n una v铆a de promocionar sus productos y finalmente generar m谩s dividendos, provenientes de quienes corren o de quienes les ven correr.
Todos los elementos parecen converger en una clase de evento muy positivo para todos los agentes que intervienen, desde los participantes que obtienen beneficios f铆sicos, sociales o psicol贸gicos, pasando por los organizadores que podr铆an obtener unos interesantes beneficios econ贸micos, hasta los patrocinadores que se hacen publicidad con el evento.
Derechos fundamentales e igualdad de oportunidades
Sin embargo, hay elementos que tanto la organizaci贸n como quien les patrocina deber铆an cuidar mucho, trata del respeto a los derechos fundamentales de todos los ciudadanos y a lo que establece la Constituci贸n Espa帽ola (art铆culo 49) sobre la pol铆tica de previsi贸n que pondr谩n en marcha los poderes p煤blicos, en la integraci贸n de las personas con discapacidad, prest谩ndoles la atenci贸n necesaria y ampar谩ndoles para el disfrute de sus derechos, del mismo modo que el resto de ciudadanos.
Del mismo modo, la Ley 51/2003 trata sobre la “Igualdad de oportunidades” de las personas con discapacidad, dejando muy claro que se est谩 vulnerando el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad cuando se producen discriminaciones directas o indirectas o se incumplen las medidas de acci贸n positiva legalmente establecidas. Esta Ley obliga a los poderes p煤blicos tanto a establecer estas medidas de acci贸n positiva como a tomar medidas contra la discriminaci贸n, es decir a que una persona con discapacidad sea tratada de manera directa o indirecta menos favorable que otra sin discapacidad. ¡Es muy grave y muy lamentable tanto que estas leyes no se est茅n respetando como que las autoridades competentes no lo vean, o miren hacia otro lado!
La participaci贸n de personas con discapacidad en eventos deportivos
Es cada vez m谩s frecuente y “normal”, ver personas con discapacidad que participan en diferentes tipos de eventos deportivos y, en el caso de las carreras populares, llaman la atenci贸n quienes lo hacen montados sobre una silla de ruedas. Sin embargo existen “grandes” eventos deportivos, financiados en buena parte con fondos p煤blicos, que discriminan de modo muy grave a estas personas, debido precisamente a verse obligados a correr sobre una silla de ruedas. Carreras muy populares como la San Silvestre m谩s famosa de Espa帽a (la San Silvestre Vallecana), proh铆ben la participaci贸n de atletas en silla de ruedas por considerarlos peligrosos para el resto de corredores a pie. Tambi茅n en Valencia se han visto discriminados algunos atletas en silla, a quienes la organizaci贸n de un medio marat贸n, les ha pedido que no vuelvan a correr en posteriores ediciones, ya que “con su velocidad destrozaban la organizaci贸n de la carrera”.
En algunos grandes maratones internacionales donde la elite se disputa la victoria y el com煤n de la gente se conforma con acabar, con mejorar su tiempo de ediciones anteriores, o simplemente con ganar al compa帽ero de trabajo, los deportistas en silla de rueda participan como el resto de la gente y los de elite son invitados con gastos pagados, al mismo hotel que las estrellas “de a pie” y disputando tambi茅n premios en met谩lico, aunque casi nunca tan cuantiosos como los de sus “colegas”.
Las personas con discapacidades motrices severas, para quienes es imposible completar un marat贸n sobre una silla de ruedas convencional, o incluso sobre una silla de ruedas de atletismo, han visto surgir durante los 煤ltimos a帽os una adaptaci贸n de las sillas de ruedas que, mediante un mecanismo de transmisi贸n por cadena y un sistema de pedaleo con sus brazos, mejora considerablemente la eficiencia en la propulsi贸n y les permite acceder a un deporte popular que les genera grandes beneficios en muchos aspectos de su vida.
Este nuevo tipo de sillas de rueda se denominan “handbikes” (bici de manos) y existen desde unas adaptaciones que se acoplan directamente a la propia silla de ruedas de diario, pasando por handbikes de paseo, hasta las de alta competici贸n, con las que se puede competir en una nueva modalidad Paral铆mpica denominada “handcycling”. La realidad es que, si bien los deportistas de elite del handcycling consiguen alcanzar unas velocidades pr贸ximas a las de un ciclista, una gran masa de personas con discapacidades bastante severas, consiguen completar un marat贸n a la velocidad de sus colegas que corren a pie. Debido a esto tanto la categor铆a de silla de ruedas como la categor铆a de handbikes se est谩n incluyendo en muchos de los m谩s grandes maratones del mundo, realizando una salida anterior a la de los corredores a pie, para evitar posibles interferencias, debido a la diferencia de velocidad entre ambos grupos.
El Marat贸n Popular de Valencia discrimina
El Marat贸n Popular de Valencia, organizado por la Sociedad Deportiva Correcaminos, y financiado por entidades p煤blicas como el Ayuntamiento de Valencia, la Diputaci贸n de Valencia, la Generalitat Valenciana, la Fundaci贸n Deportiva Municipal y el Consell Valenci脿 de l’Esport, es buen ejemplo de discriminaci贸n. Es su reglamento especifica muy bien que s贸lo pueden quienes lo hagan sobre sillas de ruedas homologadas para atletismo. Del mismo modo, resulta muy curioso ver que la organizaci贸n se “lava las manos” e incluye en el art铆culo 13潞 del reglamento que podr谩n correr “de forma excepcional y bajo su responsabilidad”, no como un hecho normalmente aceptado por la organizaci贸n.
De este modo la participaci贸n se intenta reducir a unos pocos atletas que compiten montados en sillas de ruedas muy espec铆ficas, de las que hay menos de una decena en toda la Comunidad Valenciana, tanto por su alt铆simo coste como por lo dificultoso que resulta montarse en una de ellas y poder propulsarse, ya que est谩n dise帽adas para determinados niveles de discapacidad y son muy poco “populares”.
Lo que tampoco resulta entendible es por qu茅 los que atletas que corren en silla de ruedas (y 煤nicamente ellos) deben inscribirse a trav茅s de la Federaci贸n de Deportes Adaptados. Si lo que necesita la organizaci贸n es saber quien corre sobre una silla de atletismo homologada, s贸lo necesita una c谩mara de llamada previa a la salida para separar sillas homologadas de las que no lo est谩n, para que las primeras tengan opci贸n a los premios y las segundas s贸lo compitan en el marat贸n popular.
Problemas en la 30陋 edici贸n del Marat贸n Popular de Valencia (2010)
Un grupo de cinco personas con discapacidad que no pretend铆a optar a ning煤n premio, entre otras cosas por no disponer de una silla homologada para atletismo, se inscribi贸 en el 30潞 Marat贸n de Valencia, siguiendo la normativa de la organizaci贸n, haci茅ndolo a trav茅s de la web e incluso apuntando en observaciones que lo har铆an sobre una handbike, para facilitar a la organizaci贸n el trabajo y la previsi贸n de los posibles problemas. Estas inscripciones fueron confirmadas por la organizaci贸n, y en alg煤n caso varios meses antes del evento. Entre estas cinco personas, algunos deportistas ya hab铆an participado en ocasiones anteriores del Marat贸n de Valencia pero algunos otros lo hac铆an por primera vez, tras haberse recuperado de un accidente sufrido tiempo atr谩s y habiendo entrenado durante largo tiempo para intentarlo.
La discriminaci贸n en el Marat贸n de Valencia no es algo nuevo. En la 29陋 edici贸n (a帽o 2009), los atletas en silla de ruedas, a pesar de que portaban el chip necesario, no pudieron conocer sus tiempos parciales, ya que parece ser un tema poco importante para la organizaci贸n. Lo mismo ocurri贸 cuando intentaron conocer su tiempo a trav茅s de la web oficial, o para imprimirse su diploma acreditativo, o para acceder a las fotograf铆as por el n煤mero de dorsal. Estos derechos que tiene cualquier corredor que paga su inscripci贸n parecen no ser tales para los corredores en silla. Dicho de otro modo, para la organizaci贸n no tienen los mismos derechos y ya tienen bastante con que les dejen correr en un marat贸n dise帽ado para “gente normal” y donde la sensaci贸n es la de no ser bien recibido.
Una muestra m谩s de la discriminaci贸n que genera este Marat贸n Popular, es que hasta los atletas federados que corren sobre sillas homologadas para atletismo, son los 煤nicos corredores que, incluso pagando su inscripci贸n como todo el mundo, no tienen opci贸n a ning煤n premio en met谩lico, como tiene cualquier otro corredor.
Todos los elementos parecen converger en una clase de evento muy positivo para todos los agentes que intervienen, desde los participantes que obtienen beneficios f铆sicos, sociales o psicol贸gicos, pasando por los organizadores que podr铆an obtener unos interesantes beneficios econ贸micos, hasta los patrocinadores que se hacen publicidad con el evento.
Derechos fundamentales e igualdad de oportunidades
Sin embargo, hay elementos que tanto la organizaci贸n como quien les patrocina deber铆an cuidar mucho, trata del respeto a los derechos fundamentales de todos los ciudadanos y a lo que establece la Constituci贸n Espa帽ola (art铆culo 49) sobre la pol铆tica de previsi贸n que pondr谩n en marcha los poderes p煤blicos, en la integraci贸n de las personas con discapacidad, prest谩ndoles la atenci贸n necesaria y ampar谩ndoles para el disfrute de sus derechos, del mismo modo que el resto de ciudadanos.
Del mismo modo, la Ley 51/2003 trata sobre la “Igualdad de oportunidades” de las personas con discapacidad, dejando muy claro que se est谩 vulnerando el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad cuando se producen discriminaciones directas o indirectas o se incumplen las medidas de acci贸n positiva legalmente establecidas. Esta Ley obliga a los poderes p煤blicos tanto a establecer estas medidas de acci贸n positiva como a tomar medidas contra la discriminaci贸n, es decir a que una persona con discapacidad sea tratada de manera directa o indirecta menos favorable que otra sin discapacidad. ¡Es muy grave y muy lamentable tanto que estas leyes no se est茅n respetando como que las autoridades competentes no lo vean, o miren hacia otro lado!
La participaci贸n de personas con discapacidad en eventos deportivos
Es cada vez m谩s frecuente y “normal”, ver personas con discapacidad que participan en diferentes tipos de eventos deportivos y, en el caso de las carreras populares, llaman la atenci贸n quienes lo hacen montados sobre una silla de ruedas. Sin embargo existen “grandes” eventos deportivos, financiados en buena parte con fondos p煤blicos, que discriminan de modo muy grave a estas personas, debido precisamente a verse obligados a correr sobre una silla de ruedas. Carreras muy populares como la San Silvestre m谩s famosa de Espa帽a (la San Silvestre Vallecana), proh铆ben la participaci贸n de atletas en silla de ruedas por considerarlos peligrosos para el resto de corredores a pie. Tambi茅n en Valencia se han visto discriminados algunos atletas en silla, a quienes la organizaci贸n de un medio marat贸n, les ha pedido que no vuelvan a correr en posteriores ediciones, ya que “con su velocidad destrozaban la organizaci贸n de la carrera”.
En algunos grandes maratones internacionales donde la elite se disputa la victoria y el com煤n de la gente se conforma con acabar, con mejorar su tiempo de ediciones anteriores, o simplemente con ganar al compa帽ero de trabajo, los deportistas en silla de rueda participan como el resto de la gente y los de elite son invitados con gastos pagados, al mismo hotel que las estrellas “de a pie” y disputando tambi茅n premios en met谩lico, aunque casi nunca tan cuantiosos como los de sus “colegas”.
Las personas con discapacidades motrices severas, para quienes es imposible completar un marat贸n sobre una silla de ruedas convencional, o incluso sobre una silla de ruedas de atletismo, han visto surgir durante los 煤ltimos a帽os una adaptaci贸n de las sillas de ruedas que, mediante un mecanismo de transmisi贸n por cadena y un sistema de pedaleo con sus brazos, mejora considerablemente la eficiencia en la propulsi贸n y les permite acceder a un deporte popular que les genera grandes beneficios en muchos aspectos de su vida.
Este nuevo tipo de sillas de rueda se denominan “handbikes” (bici de manos) y existen desde unas adaptaciones que se acoplan directamente a la propia silla de ruedas de diario, pasando por handbikes de paseo, hasta las de alta competici贸n, con las que se puede competir en una nueva modalidad Paral铆mpica denominada “handcycling”. La realidad es que, si bien los deportistas de elite del handcycling consiguen alcanzar unas velocidades pr贸ximas a las de un ciclista, una gran masa de personas con discapacidades bastante severas, consiguen completar un marat贸n a la velocidad de sus colegas que corren a pie. Debido a esto tanto la categor铆a de silla de ruedas como la categor铆a de handbikes se est谩n incluyendo en muchos de los m谩s grandes maratones del mundo, realizando una salida anterior a la de los corredores a pie, para evitar posibles interferencias, debido a la diferencia de velocidad entre ambos grupos.
El Marat贸n Popular de Valencia discrimina
El Marat贸n Popular de Valencia, organizado por la Sociedad Deportiva Correcaminos, y financiado por entidades p煤blicas como el Ayuntamiento de Valencia, la Diputaci贸n de Valencia, la Generalitat Valenciana, la Fundaci贸n Deportiva Municipal y el Consell Valenci脿 de l’Esport, es buen ejemplo de discriminaci贸n. Es su reglamento especifica muy bien que s贸lo pueden quienes lo hagan sobre sillas de ruedas homologadas para atletismo. Del mismo modo, resulta muy curioso ver que la organizaci贸n se “lava las manos” e incluye en el art铆culo 13潞 del reglamento que podr谩n correr “de forma excepcional y bajo su responsabilidad”, no como un hecho normalmente aceptado por la organizaci贸n.
De este modo la participaci贸n se intenta reducir a unos pocos atletas que compiten montados en sillas de ruedas muy espec铆ficas, de las que hay menos de una decena en toda la Comunidad Valenciana, tanto por su alt铆simo coste como por lo dificultoso que resulta montarse en una de ellas y poder propulsarse, ya que est谩n dise帽adas para determinados niveles de discapacidad y son muy poco “populares”.
Lo que tampoco resulta entendible es por qu茅 los que atletas que corren en silla de ruedas (y 煤nicamente ellos) deben inscribirse a trav茅s de la Federaci贸n de Deportes Adaptados. Si lo que necesita la organizaci贸n es saber quien corre sobre una silla de atletismo homologada, s贸lo necesita una c谩mara de llamada previa a la salida para separar sillas homologadas de las que no lo est谩n, para que las primeras tengan opci贸n a los premios y las segundas s贸lo compitan en el marat贸n popular.
Problemas en la 30陋 edici贸n del Marat贸n Popular de Valencia (2010)
Un grupo de cinco personas con discapacidad que no pretend铆a optar a ning煤n premio, entre otras cosas por no disponer de una silla homologada para atletismo, se inscribi贸 en el 30潞 Marat贸n de Valencia, siguiendo la normativa de la organizaci贸n, haci茅ndolo a trav茅s de la web e incluso apuntando en observaciones que lo har铆an sobre una handbike, para facilitar a la organizaci贸n el trabajo y la previsi贸n de los posibles problemas. Estas inscripciones fueron confirmadas por la organizaci贸n, y en alg煤n caso varios meses antes del evento. Entre estas cinco personas, algunos deportistas ya hab铆an participado en ocasiones anteriores del Marat贸n de Valencia pero algunos otros lo hac铆an por primera vez, tras haberse recuperado de un accidente sufrido tiempo atr谩s y habiendo entrenado durante largo tiempo para intentarlo.
La discriminaci贸n en el Marat贸n de Valencia no es algo nuevo. En la 29陋 edici贸n (a帽o 2009), los atletas en silla de ruedas, a pesar de que portaban el chip necesario, no pudieron conocer sus tiempos parciales, ya que parece ser un tema poco importante para la organizaci贸n. Lo mismo ocurri贸 cuando intentaron conocer su tiempo a trav茅s de la web oficial, o para imprimirse su diploma acreditativo, o para acceder a las fotograf铆as por el n煤mero de dorsal. Estos derechos que tiene cualquier corredor que paga su inscripci贸n parecen no ser tales para los corredores en silla. Dicho de otro modo, para la organizaci贸n no tienen los mismos derechos y ya tienen bastante con que les dejen correr en un marat贸n dise帽ado para “gente normal” y donde la sensaci贸n es la de no ser bien recibido.
Una muestra m谩s de la discriminaci贸n que genera este Marat贸n Popular, es que hasta los atletas federados que corren sobre sillas homologadas para atletismo, son los 煤nicos corredores que, incluso pagando su inscripci贸n como todo el mundo, no tienen opci贸n a ning煤n premio en met谩lico, como tiene cualquier otro corredor.
En la edici贸n del 2010 la Sociedad Deportiva Correcaminos decidi贸 ponerse firme y retroceder un paso m谩s en la inclusi贸n de personas con discapacidad. Para esta ocasi贸n avis贸 que har铆a respetar el reglamento “a rajatabla” y no dejar铆a correr a quien no lo hiciera en una silla homologada para atletismo. Y as铆 fue, el primer d铆a de la entrega de dorsales uno de los corredores que avis贸 que lo har铆a sobre una handbike, necesit贸 m谩s de dos horas de discusi贸n con los responsables del club para poder irse a casa con el dorsal y la bolsa de corredor. A modo de curiosidad, este corredor, hab铆a corrido el marat贸n 2009 en algo m谩s de tres horas y pretend铆a simplemente bajar de esta marca en la presente edici贸n, mientras que uno de los atletas en silla de atletismo homologada, quien no encontr贸 problemas para correr, tiene una marca acreditada de 1 hora 22 minutos en marat贸n, casi una hora menos que los mejores corredores a pie.
La Sociedad Deportiva Correcaminos lanza a la Polic铆a Local contra los atletas con discapacidad
El d铆a del marat贸n, la organizaci贸n se encontr贸 con tres atletas que correr铆an en sillas de atletismo homologadas y otros cinco que quer铆an hacerlo fuera de opci贸n a premio, en sillas no homologadas o handbikes de varios tipos (de paseo, de competici贸n, arrodillados, tumbados o sentados). En su l铆nea, la organizaci贸n impidi贸 el acceso a la zona de salida a estos corredores y “utiliz贸” al responsable de la Polic铆a Local de Valencia en el evento, para pegarles un buen serm贸n e instarles a que no corrieran, con palabras textuales (y grabadas) como: …“porque ustedes vayan con esto que no est谩 permitido”… “porque esto est谩 preparado para corredores a pie”… “si le ocurre algo la responsabilidad es suya, no de polic铆a ni de la organizaci贸n”… “y yo no puedo cortar la ciudad dos horas antes por ustedes”, palabras evidentemente fuera de toda l贸gica moral y legal, con el agravante de que salen de la autoridad que debe velar por la seguridad de todos los corredores.
Lo m谩s curioso de todo esto es que el tr谩fico de las arterias por las que circular铆an los corredores, ya se corta incluso antes de la hora de salida del marat贸n y se va permitiendo el cruce a los veh铆culos mientras no se acercan los corredores. Si esto es as铆, realmente no se entiende el argumento que utiliza esa responsable de la Polic铆a Local para hacer el trabajo sucio, “colaborando” con la organizaci贸n en la retirada de los deportistas en sillas no homologadas. ¿C贸mo puede prestarse la autoridad a eso?
Otro dato interesante es que si los atletas en silla consiguieran hacer un marat贸n a ritmo de record del mundo y completaran el marat贸n en 1 hora 20 minutos, esto supondr铆a llegar a meta unos 50 minutos o 1 hora antes que el primer corredor a pie. Incluso si alg煤n corredor fuera capaz de correr a ritmo de record del mundo en handbike, lo har铆a en unos 10 minutos menos. Si se analizara con detalle el perjuicio para el tr谩fico de la ciudad que un “pu帽ado” de deportistas con discapacidad en silla pasasen delante de los primeros corredores a pie, se caer铆an estos argumentos, m谩s aun, si se compara con la diferencia entre el primero y el 煤ltimo corredor a pie. El primer corredor a pie llega en poco m谩s de 2 horas mientras que el 煤ltimo corredor a pie est谩 autorizado a llegar hasta en 5 horas y media… un argumento sencillamente c贸mico.
Estos deportistas soportaron la discriminaci贸n y las vejaciones por parte de la organizaci贸n y de la polic铆a local, pero se negaron a retirarse del evento, completando el recorrido del marat贸n sin mayores contratiempos. La salvedad es que corrieron todos juntos, en grupo, para evitar generar problemas o sufrir accidentes, ya que la Polic铆a les hab铆a advertido que no ten铆an efectivos suficientes para seguirles de cerca e ir cortando el tr谩fico, si se hubieran dispersado. Con muy buena voluntad, el grupo de deportistas de mejor condici贸n f铆sica (con marcas por debajo de 1hora 25 minutos), completaron el marat贸n en poco m谩s de 1 hora y 52 minutos.
El final de la historia
Finalmente y como era de esperar, los resultados de los deportistas en silla o en handbike no aparecen con el detalle que lo hacen para el resto de corredores. Aunque la organizaci贸n les pida 5 euros de fianza por el chip de cronometraje electr贸nico, para ellos no se utiliza, sus tiempos parciales no aparecen, ni tampoco aparecen ellos en la clasificaci贸n general, como lo hace el resto de participantes. As铆 mismo, resulta muy lamentable que, una vez m谩s, tampoco tengan acceso ni a la descarga de su diploma de participaci贸n, ni al acceso a sus fotos por el n煤mero de dorsal, opciones disponibles para el resto de corredores desde la web oficial del marat贸n.
Se comenta que a 煤ltimo momento uno de los patrocinadores aport贸 una buena suma de dinero para que fuera posible contar con la participaci贸n del grupo de corredores y liebres de elite internacional, para que el se convirtiera en el segundo marat贸n m谩s r谩pido conseguido en tierras espa帽olas… pero mientras tanto se estaba trabando de muy mal modo la participaci贸n a deportistas en silla de ruedas.
Todo lo expuesto deber铆a se m谩s que suficiente para generar una profunda reflexi贸n, no s贸lo en la Sociedad Deportiva Correcaminos, organizadora del Marat贸n Popular de Valencia, sino adem谩s y muy especialmente en las entidades p煤blicas que patrocinan un evento que vulnera de este modo los derechos fundamentales de las personas con discapacidad. Es evidente que algo est谩 funcionando mal en el deporte popular y los responsables de velar por su correcto funcionamiento necesitan que estos hechos sean denunciados, ese es el objetivo de este documento. No olvidemos que existe una Ley de “Igualdad de Oportunidades” de las personas con discapacidad.
Firmado:
-Jos茅 Vicente Arzo Diago (dorsal 3170).
-Francisco Javier Rey Segarra (dorsal 3197).
-Manuel Caro Jim茅nez (dorsal 3123)
-Juan Cuadros Talavera (dorsal 585).
-Francisco Domingo Guill茅n (dorsal 3190).
-Joaqu铆n Redondo Pacheco (dorsal 262).
-Rafael Botello Jim茅nez (dorsal 3663).
-Alain Fuertes Alduncin (dorsal 159).
Corredores en silla y handbike de la edici贸n 2010.
Valencia, 22 de febrero de 2010.